martes, 31 de enero de 2012

Caso de Estudio: Cibell Naime Yordi... Mujer que mata por rescate de un cheque




La historia comenzó el 13 de diciembre de 1994, cuando un aviso de prensa que ofertaba gatos y perros de raza captó la atención de Cibell Naime, quien llamó y contactó al abogado Miguel Tauil (30) y cerró la compra de un gato de raza por el monto de 20 mil bolívares, cifra que fue cancelada con un cheque del Banco Unión a nombre de la firma Digital Médica, que la joven sustrajo del talón de cheques de su padre, el obstetra Shauki Naime.

Cuando el padre de Cibell se percató de que le faltaba uno de sus cheques interrogó a sus hijos. Cibell, nerviosa, llamó nuevamente a Miguel para que le devolviera el cheque, con la excusa de que le llevaría el efectivo, pero Tauil ya lo había cobrado.
El día del crimen Cibell Naime llegó a la entrada de la urbanización Los Naranjos a bordo de un taxi. Luego de franquear la entrada se dirigió a la residencia de los Tauil Musso, donde fue atendida por Mitelina Musso de Tauil.
Bajo engaño Miguel y el estudiante de medicina Juan Carlos González (19) salieron de la casa a buscar una tía de la solicitante, la cual estaba en la entrada y quería comprar un gato. Una vez dentro de la Samurai, Cibell extrajo una pistola calibre 7.65, marca Walter PPK, y disparó primero contra Juan Carlos y luego contra Miguel. El arma pertenecía al padre de Naime.



    Cibell Naime cumplió la pena dentro del Instituto Nacional de Orientación Femenina de Los Teques (INOF), y luego en el internado judicial de Tocuyito, trasladada a este último por razones disciplinarias (mal comportamiento con la guardia, y mal comportamiento con otras reclusas), entre ambos recintos penitenciarios  cumplió la sentencia por 11 años.
 En el año 2005 se declara que la imputada quede bajo libertad pero lo anterior, indicó la Sala, no es más que el desarrollo del principio de "progresividad", ya que debe esperarse el cumplimiento de la mitad de la pena (como etapa a superar), para que el penado pueda acceder a las fórmulas alternas de ejecución de la pena, previa dedicación al trabajo y al estudio.
El Código Orgánico Procesal Penal permite que la reinserción social pueda ser efectiva a través del trabajo fuera del establecimiento, el régimen abierto y la libertad condicional, una vez que el penado haya cumplido algunos requisitos para su obtención.
En efecto, en el artículo 501 eiusdem, se encuentran plasmados los requisitos que debe cumplir todo condenado para optar a las anteriores formas alternativas de cumplimiento de pena, de la siguiente manera:
“El tribunal de ejecución podrá autorizar el trabajo fuera del establecimiento, a los penados que hayan cumplido, por lo menos, una cuarta parte de la pena impuesta.
El destino a establecimiento abierto podrá ser acordado por el tribunal de ejecución, cuando el penado hubiere cumplido, por lo menos, un tercio de la pena impuesta.
La libertad condicional, podrá ser acordada por el tribunal de ejecución, cuando el penado haya cumplido, por lo menos, las dos terceras partes de la pena impuesta.

Además, para cada uno de los casos anteriormente señalados, deben concurrir las circunstancias siguientes:
1.      Que el penado no tenga antecedentes por condenas anteriores a aquella por la que solicita el beneficio;
2. Que no haya cometido algún delito o falta durante el tiempo de su reclusión;
3. Que exista un pronóstico favorable sobre el comportamiento futuro del penado, expedido por un equipo multidisciplinario encabezado, preferentemente por un psiquiatra forense
4. Que no haya sido revocada cualquier formula alternativa de cumplimiento de pena que le hubiere sido otorgada con anterioridad; y
5. Que haya observado buena conducta.”
De manera que, según se desprende de la anterior disposición normativa, esta Sala observa que el legislador establece, por un lado, una serie de requisitos, tomando en cuenta el tiempo de reclusión, para que todo penado pueda acceder a algunas fórmulas alternas de cumplimiento de la pena.
Cibell Naime Yordi fue juzgada y sentenciada a 30 años de cárcel en el año 2001, tras ser encontrada culpable del delito de homicidio intencional calificado.
Sus defensores solicitaron numerosas apelaciones que fueron rechazadas hasta por el mismo Tribunal Supremo de Justicia.
La Corte de Apelaciones estuvo presidida por el juez Maikel Moreno. No se conoció qué régimen le será impuesto a Cibell Naime Yordi para que cumpla los 18 años de prisión que aún le quedan de acuerdo a la sentencia condenatoria inicial.

lunes, 30 de enero de 2012

Aspectos Históricos Básicos de los Derechos Humanos

Normativa Internacional de los Derechos Humanos

Historia de los Derechos Humanos
La conquista
Efectivamente, si nos remontamos a períodos como la Edad Antigua o la Edad Media, encontramos que en sistemas como el feudalismo, en el cual los privilegios se concentraban en los señores feudales, se favoreció el surgimiento de una gran masa de campesinos desprovista de derechos. También se aplicaron prácticas violatorias de los derechos humanos, como la inquisición, mediante la cual se perseguía y castigaba a quienes se apartaran de la fe católica.

El anhelo por lograr un mayor respeto por la dignidad humana tuvo un hito en 1215.En esa fecha se promulga la Carta Magna en Inglaterra. Esta reconocía el derecho a la libertad individual frente al poder feudal.
Las luchas contra los absolutismos (el poder concentrado en una sola persona) y en especial contra las monarquías, dieron un fuerte impulso al reconocimiento de algunos derechos, especialmente aquellos que regulaban la relación del Estado con sus ciudadanos.
En la llamada Edad Moderna se comienza a otorgar importancia al individuo como ciudadano y a la necesidad de que el poder de las instituciones sea regulado. En 1628 se promulga la Petición de Derechos en Inglaterra. Constituye el primer intento de regular el
poder del Rey, y lo obliga a someter a consulta algunas de sus decisiones. Si bien no se logró un inmediato respeto a lo establecido en este documento, sí se produjeron, en cambio, diversas situaciones de presión que obligaban a la monarquía a reconocer algunos derechos, como la libertad religiosa. Posteriormente, condujeron a la promulgación de la Declaración de Derechos (Bill of Rights) en 1689.
El fin de la monarquía da paso a los Estados Modernos, en cuyas instituciones se plasman un conjunto de derechos fundamentales, tales como la vida, la libertad, la igualdad. La Declaración de Virginia (Estados Unidos, 1776) y la Declaración de los derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia, 1789) fueron los antecedentes más importantes para el reconocimiento de derechos que fueron incluidos posteriormente en las constituciones de ambos países. En la primera, Estados Unidos proclama su independencia de Inglaterra y establece el derecho de los pueblos a la insurrección frente al sometimiento de gobiernos ajenos. Reconoce derechos como la vida, la libertad, la búsqueda de la felicidad y la igualdad política. En la segunda, en el marco de la Revolución Francesa, se buscaba garantizar que la nueva constitución incluyera el reconocimiento de derechos tales como la libertad, la igualdad, la seguridad y la resistencia contra la opresión. Ambas declaraciones ejercieron una influencia importante en otros países del mundo, especialmente en América Latina, donde comenzaban los procesos de independencia. Estos hechos establecieron un modelo de ejercicio de gobierno basado en la separación de poderes, la participación política de los ciudadanos, el sufragio universal y la autodeterminación de los pueblos.

La lucha por los derechos sociales
Estos movimientos por la conquista de derechos civiles y políticos no ocurrieron de forma separada al reconocimiento de otros derechos. A finales del siglo XIX, la llamada Revolución Industrial se había convertido en un suceso que, lejos de dignificar al ser humano y beneficiar su desempeño como trabajador, profundizó las diferencias y acentuó los privilegios. El descubrimiento e invención de nuevas tecnologías que aumentaban la productividad significó mayor opresión.
Los trabajadores cumplían jornadas laborales que sobrepasaban las dieciséis horas diarias; la explotación de la mano de obra femenina e infantil se evidenciaba en una menor remuneración y en la ejecución de trabajos peligrosos y dañinos para ambos.
Todo ello develó la necesidad de proteger y regular los derechos de los trabajadores.
Se comienzan a producir luchas que involucran a un número importante de trabajadores, luchas dirigidas a lograr condiciones de trabajo dignas, como el establecimiento de la jornada laboral de ocho horas, la sindicalización, la protección al trabajo infantil, la igualdad en el trabajo de las mujeres, entre otras, y que tuvieron su máxima expresión en la jornada del 1° de mayo de 1887, en Chicago. Dichas acciones, lamentablemente, costaron la vida de varios dirigentes laborales, pero lograron consolidar la jornada laboral de ocho horas, conquista asentada hoy en las legislaciones internas de numerosos países y en diversos instrumentos internacionales.
También, ya para finales del siglo XIX y principios del XX, algunos países habían alcanzado logros como la educación pública y gratuita o la atención generalizada en salud. A principios del siglo XX se produjeron movimientos sociales que alcanzaron la dimensión de revoluciones con fuerte contenido de defensa de derechos sociales como la Revolución Rusa (1917) y la Revolución Mexicana (1910). Ambas proclamaban el logro de la justicia social como principal objetivo, lo cual significó un mayor impulso al reconocimiento de derechos como el trabajo, la salud, la educación y la tierra, entre otros.
La lucha contra la discriminación racial o apartheid (1948-1994) también produjo importantes movimientos sociales. A pesar de que la esclavitud fue abolida en todo el mundo durante el siglo XIX, continuaban ocurriendo, de manera impune, prácticas discriminatorias por razones raciales. En países como Estados Unidos y Sudáfrica, por citar sólo dos, la exclusión de la población negra era muy grave. Los procesos por conquistar la igualdad costaron muchas vidas y muchos años de movilización social. Aun cuando todavía persisten formas de discriminación racial, ésta se encuentra expresamente prohibida en numerosos instrumentos internacionales y constituciones nacionales, a los cuales puede apelarse para exigir su reparación.
Las mujeres también fueron protagonistas de la lucha por sus derechos. La conquista del derecho al voto de las mujeres se hizo realidad en la mayoría de los países del mundo a lo largo del siglo XX. También surgen los movimientos por la liberación femenina, los cuales buscan eliminar la discriminación hacia las mujeres en todos los planos y conquistar espacios de participación pública, así como protegerlas de la violencia ejercida por sus parejas.

El papel de la comunidad internacional en la protección de los Derechos Humanos
El siglo XX traería un par de terribles sucesos con consecuencias muy negativas para la vigencia de los derechos humanos: dos guerras mundiales cuya magnitud obligó a la comunidad de naciones a organizarse y tomar medidas con miras a impedir la repetición de conflictos similares.
Al finalizar la Primera Guerra Mundial (1918), y en el contexto de las negociaciones de paz, se creó una comisión de Legislación Internacional del Trabajo conformada por representantes de gobiernos, sindicalistas y académicos. Producto de esta comisión se creó la Organización Internacional del Trabajo (OIT), constituyéndose formalmente en 1919. Fue una de las pocas instituciones del Tratado de Paz de Versalles que sobrevivió a la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).
Durante el desarrollo de ambos conflictos bélicos, la humanidad fue testigo de hechos lamentables como el exterminio masivo de personas, la aparición de campos de concentración, la aplicación de torturas y tratos degradantes, la utilización de armas de alta destrucción, por citar sólo algunos. Al finalizar la Primera Guerra Mundial también se creó la Sociedad de Naciones, organización que no logró preservar la paz y que, en 1945, luego de la Segunda Guerra Mundial, se transformaría en la Organización de Naciones Unidas
(ONU). En su texto constitutivo, la ONU establece como uno de sus objetivos principales
el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales”. El 10 de diciembre de 1948 consagra el reconocimiento de un conjunto de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. La Declaración es aceptada por la mayoría de las naciones. Ese día se conoce como el Día Internacional de los Derechos Humanos. Posteriormente se elaboran los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales establecen compromisos obligantes hacia la protección de estos derechos por parte de los Estados que los suscriben.
El logro más importante de esta iniciativa de la comunidad internacional es la creación y aceptación, por parte de la mayoría de las naciones, de mecanismos que permiten supervisar la acción de los diferentes Estados, sin que ello se considere una
“intromisión en asuntos internos”. Aunque todavía estas instancias no han alcanzado el nivel de funcionamiento esperado y se encuentran sometidas, en muchas oportunidades, a presiones políticas, son innegables los avances en la protección de los derechos humanos, como lo demuestra el reciente precedente creado en el caso Pinochet, al ratificarse que los crímenes de lesa humanidad no tienen fronteras y pueden ser juzgados en cualquier jurisdicción.
La comunidad internacional también se organizó para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, promulgando diferentes instrumentos y creando instancias en el Sistema de Naciones Unidas, tales como UNICEF, UNESCO, OIT, OMS, FAO, entre otros, destinados a vigilar el comportamiento de estos derechos.

Derechos humanos en América Latina
Antes de la llegada de los europeos, la población indígena de América Latina se estimaba en 80 millones de personas, aproximadamente. Las comunidades indígenas habían alcanzado niveles de desarrollo particulares. Grandes culturas como los incas, aztecas y mayas habían adquirido dimensiones de imperios abarcando enormes territorios y desarrollando relaciones de poder hacia otros pueblos.
El año 1492 marca un hito fundamental en la historia de estos pueblos autóctonos. El proceso de sustitución de una cultura y de una sociedad por otra no pudo ser menos violento. Se estima que sólo el 15% de la población nativa de América Latina sobrevivió a los embates de los europeos, ocurridos no sólo por el uso indiscriminado de la fuerza, sino también por la introducción, en el continente, de enfermedades y epidemias desconocidas que diezmaron rápidamente a la población nativa. La Iglesia Católica liderizó, junto con las coronas española y portuguesa, el proceso de conquista. Impulsó la visión del indígena como ser inferior, sin alma y sin razón; además de organizar el sistema educativo en la colonia y ser poseedora de grandes porciones de tierras y bienes. La llegada de esclavos negros como mano de obra en sustitución de la diezmada población indígena fue una práctica de irrespeto a la dignidad de las personas.
Igualmente, procesos como la inquisición y el feudalismo no fueron ajenos a América Latina. En el nombre de Dios se torturaba y mataba, y en el nombre de la monarquía se despojaba a los pobladores de sus tierras, propiedades y hasta de su autonomía. El respeto a la dignidad humana para todos y todas era una utopía en la América Latina de ese tiempo.
Pero los hombres y las mujeres de esa época comenzaron a organizarse para defender sus derechos y dignidad. Con inspiración en los procesos de independencia de Estados Unidos y en la rebelión francesa contra la monarquía, en América Latina comienzan a gestarse movimientos independentistas, los cuales buscan, en lo inmediato, lograr su autonomía de las potencias europeas, pero también establecer el reconocimiento de derechos como la libertad individual y la igualdad. Hacia 1825, la mayoría de los países de la región habían logrado su independencia de España y Portugal, e iniciaban el camino republicano. Este período, sin embargo, tampoco se distinguió por el respeto a los derechos fundamentales de las personas.
Las dificultades económicas resultantes y la aparición de los caudillos produjeron, en la mayoría de los países, un sinnúmero de guerras internas, con su carga de muertes y maltrato hacia la población civil.
Al mismo tiempo, la Revolución Industrial se extendía hacia América Latina, afectando seriamente los derechos laborales de hombres, mujeres y niños cuyas jornadas de trabajo abarcaban largas horas. El poder económico de Estados Unidos y de las potencias europeas comenzó a sentirse en el Continente con la aparición de grandes compañías de explotación y procesamiento de materias primas que empleaba mano de obra de la región contratada a un costo insignificante y sin ningún tipo de seguridad. El latifundio comenzó a extenderse y la población campesina e indígena fue expropiada de las tierras que habían trabajado por años.
A principios de siglo, la Revolución mexicana (1911) marcó un acontecimiento importante en la conquista del derecho a la tierra y de otros derechos sociales. Grandes contingentes de campesinos mexicanos iniciaron acciones violentas para exigir la devolución de sus tierras, proceso que culminó con la promulgación de la Constitución de 1917, la cual, entre otros logros, formuló un código laboral, expropió a las órdenes religiosas, restituyó las tierras a las comunidades indígenas y prohibió la reelección presidencial.
En el resto del continente, en tanto se consolidaba la clase trabajadora (mineros, obreros petroleros, obreros de las bananeras, entre otros), se daban luchas por alcanzar reivindicaciones laborales como la jornada de ocho horas, la sindicalización y las mejoras salariales.
En el plano de los derechos civiles y políticos se lograron conquistas como el derecho al voto (tanto para hombres como para mujeres), el derecho a ser elegido y la abolición de la pena de muerte, entre otros.
El siglo XX significó también importantes avances en el acceso de la población a mayores niveles de salud y educación. Sin embargo, las brechas sociales existentes en la mayoría de los países continuaron siendo muy notorias. La conflictividad social se acentuó
al aumentar las demandas de la población por mejores condiciones de vida. Se radicalizaron los procesos y, con el fin de controlarlos, se instauraron dictaduras militares en casi todos los países de la región. En Centroamérica los procesos de lucha armada buscaban, por un lado, establecer gobiernos más democráticos, y por otro, alcanzar un reparto más equitativo de los bienes.
Los derechos civiles y políticos se vieron seriamente vulnerados en toda la región, contándose por miles los muertos, torturados y desaparecidos bajo estos regímenes. Surgen entonces agrupaciones de familiares de estas víctimas que buscan justicia y castigo para los culpables. Las organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos humanos comienzan a crecer y fortalecerse, hasta constituir una importante referencia para la defensa y promoción de estos derechos en todo el continente.
Con los años, las dictaduras cedieron el paso nuevamente a los gobiernos democráticos, los cuales, sin embargo, no erradicaron las prácticas represivas. Por otra parte, las nuevas corrientes económicas se constituyeron en una seria amenaza para la vigencia de los derechos a la salud, a la educación, al trabajo y la vivienda, al impulsar tendencias privatizadoras y mercantilistas sobre estos derechos.

Derechos Humanos en Venezuela
La llegada de los españoles significó en Venezuela, al igual que en el resto del continente, un cambio violento que asentó nuevas prácticas caracterizadas por el ejercicio despótico del poder a través de un uso indiscriminado de la fuerza. En nuestro país, el proceso de la conquista estuvo marcado por hechos que claramente atentaban contra la dignidad de la persona y contra uno de los principios fundamentales de los derechos humanos: la igualdad o no discriminación. Los indígenas y los negros (y, en menor medida, los blancos criollos), al ser considerados como seres inferiores, fueron objeto de terribles vejaciones que costaron numerosas vidas. Igualmente se instauró la práctica de la esclavitud y se obligó a la población a aceptar la religión católica como la única verdadera.
Posteriormente, las ideas independentistas constituyeron un motor fundamental para la conquista de derechos como la libertad, la autodeterminación y la igualdad. Las primeras rebeliones y movimientos organizados surgen a mediados del año 1700 y buscan no sólo acabar con la opresión colonial, sino también hacer más justo el reparto de las riquezas e impedir que los españoles continuaran acumulando y saqueando los bienes del país.

En el proceso de conquista de los derechos económicos, sociales y culturales deben recordarse las huelgas petroleras de 1925 y 1936, las cuales exigían mejoras reivindicativas y sociales y movilizaban no sólo a los propios trabajadores petroleros, sino a sus familiares, a la misma comunidad en la que estaban insertos y a otras organizaciones gremiales.
Como ejemplo de la lucha por los derechos políticos, destaca el establecimiento del voto para las mujeres, en 1947.
El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar derroca al régimen del general Marcos Pérez Jiménez. Se inicia un período provisorio, presidido por una Junta Militar de Gobierno. A los pocos días de instaladas tanto la Cámara del Senado como la de Diputados, en enero de 1959, acordaron cada una designar una Comisión con la “...misión de estudiar y redactar un nuevo proyecto de Constitución...”. Esta amplía el desarrollo de los derechos sociales, y crea todo un sistema programático de prestaciones del Estado hacia el individuo y los grupos sociales.

Más recientemente, durante el período democrático, el pueblo venezolano ha protagonizado diversas jornadas de exigencia de derechos que no siempre han logrado los resultados esperados. Especialmente notoria es la exigencia de mejores condiciones de vida, causa de movilizaciones como la ocurrida durante los días 27 y 28 de febrero de 1989 contra el aumento del pasaje, la cual detonó en una jornada masiva de protesta. A pesar de la gran represión posterior, se logró posponer el aumento de los pasajes y ver cristalizado el decreto de aumento salarial para contrarrestar los efectos de las medidas económicas neoliberales.

Los pueblos indígenas venezolanos históricamente discriminados y abandonados obtuvieron una importante victoria en la preservación de sus derechos cuando un grupo, en el estado Amazonas, logró frenar la aplicación de una ley de división político-territorial que desconocía su organización natural.
El caso de la masacre de El Amparo y las muertes ocurridas durante “El Caracazo” de 1989 se mantuvieron durante largo tiempo en la conciencia de la población gracias a la denuncia y presión de numerosos grupos de base y organizaciones de derechos humanos, quienes lograron llevar el caso a instancias internacionales y finalmente obtener una sentencia que reconoce el crimen y obliga al gobierno venezolano a indemnizar a los familiares y a reparar los daños.
En cuanto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, el 1° de junio de 2000 se aprobó la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), elaborada con la participación activa de diversos organismos no gubernamentales y académicos, incluyendo a los propios niños y niñas, y la cual recoge el espíritu de la Convención Internacional de Derechos del Niño, resultando muy prometedora para la vigencia de los derechos de la infancia y adolescencia en nuestro país. En 1999 se aprobó, en proceso constituyente, una nueva Constitución, contentiva de importantes disposiciones en materia de protección a los derechos humanos tanto civiles y políticos como económicos, sociales y culturales.

Derechos Humanos
       Según el diccionario de la Real academia Española, son derechos fundamentales, los que por ser inherentes a la dignidad humana y por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, suelen ser recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior. Especialmente en el ámbito internacional.
       Otra definición dice, que los derechos humanos son aquellos que gozamos por el solo hecho de ser persona, sin distinción social, económica, política, jurídica e ideológica.

Composición de los Derechos Humanos
       La Declaración de los Derechos Humanos consta de treinta artículos, repartidos en cuatro grupos de disposiciones:
-     Los dos primeros artículos proclaman que todos los seres humanos nacen libres e iguales…” en dignidad y en derechos”… y que estos derechos les corresponden sin distinción de raza, color, sexo, idioma, opinión política, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
-     El segundo grupo, artículos 3 al 21, consagra los derechos del individuo como miembro de colectividades, es decir, los derechos civiles y políticos de todos los seres humanos (derechos a la vida, a la libertad, a contraer matrimonio, derechos a la nacionalidad y de asilo, entre otros.
-     El tercer grupo, artículos 22 al 27, corresponden a los derechos económicos, sociales y culturales de todos los seres humanos, entre los que se incluyen, por ejemplo, el derecho al trabajo, a la educación, al disfrute del tiempo libre y a la seguridad social.
-     Un cuarto grupo, artículos 28 al 30, reconoce que toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos humanos pueden realizarse plenamente y que cada persona tiene deberes y responsabilidades ante la comunidad en la que vive.

Características de los Derechos Humanos
       Distinguimos a los Derechos Humanos por una serie de características que expresan que los derechos humanos son:
-     Universales: toda persona posee dignidad y nadie puede ser discriminado o excluido.
-     Inalienables: no se puede renunciar ni negociar estos derechos. El Estado no puede disponer de los derechos de los ciudadanos.
-     Naturales: el origen de los derechos humanos es la propia naturaleza del hombre.
-     Inviolables: no pueden ser destruidos ni lesionados, porque atentaría contra la dignidad del hombre.
-     Obligatorios: deben ser respetados tanto por las personas como por los Estados, a pesar de que no existan leyes que lo establezcan.
-     Indivisibles: si se suprime alguno de ellos, se pone en peligro la vigencia del resto de los derechos.
Jurídicamente, los derechos humanos son facultades o prerrogativas que las normas constitucionales e internacionales reconocen a las personas para asegurar su dignidad, su libertad y su igualdad.
Si no fueran respetados por los estados o por otras personas o grupos, el titular de esos derechos puede exigir que se cumplan a través del ejercicio de la ley.

Clases de derechos
La filosofía del derecho describe tres momentos históricos en la evolución de los Derechos Humanos. Surgen en cada momento, pero no reemplazan a los anteriores sino que se agregan a esas categorías, por lo tanto se complementan.
-     Derechos de primera generación: se establecieron desde el siglo XVIII a principios del XX.
Son los que consideran a la persona como individuo que está dotado de libertad y autonomía. Dentro de estos derechos, el más importante es el derecho a la vida constituyendo el fundamento básico de la prohibición de las torturas y humillaciones.
Otros derechos comprendidos en este conjunto son el derecho a la propiedad, al honor, a la libre expresión, a la libertad de conciencia, a la intimidad entre otros.
-     Derechos de segunda generación: desde fines del XIX y a mediados del XX se agregaron un conjunto de derechos económicos y sociales, que ya no consideran exclusivamente al individuo sino que lo sitúan en un grupo social determinado, sea por su actividad o por necesidad de protección especial como la ancianidad, la niñez, el desempleo, etc.
-     Derechos de tercera generación: corresponden a los derechos de solidaridad, que son reconocidos a partir de la década de 1980.Quines los poseen son los sujetos colectivos como un pueblo, una nación, una etnia, una comunidad.
Se garantizan mediante la participación solidaria de todos los miembros de la sociedad o sea el Estado, las organizaciones no gubernamentales y públicas y los individuos.
Estos derechos son, por ejemplo, el derecho al medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad, a la paz y al desarrollo.

Violación de los Derechos Humanos
       La Declaración de los Derechos Humanos significó un avance muy importante, ya que se universalizó la concepción de la dignidad del hombre, no terminó con las violaciones de los derechos.
       Actualmente se identifican como violaciones por acción, por omisión o por exclusión.
       Las violaciones por acción se producen cuando se ataca la dignidad humana, por ejemplo, detenciones arbitrarias, ejecución sin juicio, secuestro, maltrato físico  y moral.
       Las violaciones por omisión se dan cuando los poderes de gobierno se muestran indiferentes ante situaciones críticas, como la miseria y la ignorancia.
       Las violaciones por exclusión se desarrollan cuando hay marginación de los derechos, en los discapacitados, las mujeres, los niños, los pobres y los portadores de sida.
       El grado de responsabilidad respecto de la violación de los derechos, alcanza a los que están implicados de alguna u otra manera en forma explícita pero también a aquellos que no intentan ningún tipo de solución a las diferentes situaciones de la vida cotidiana.